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Convocatoria 27 Rama Judicial 2023-2024

Convocatoria 27 Rama Judicial 2023-2024

En la Unidad de Administración de Carrera Judicial se realiza la convocatoria número 27 para la selección de funcionarios de carrera de la rama judicial que deseen participar como aspirantes a cargos de Magistrados/as y Jueces de la República en todas las especialidades en la modalidad de curso concurso.

¿Cuál es la Convocatoria 27 Rama Judicial 2023-2024?

La Convocatoria N° 27 es para el Noveno Curso de Formación Judicial Inicial que ofrece la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”, como centro de formación inicial al servicio de la Rama Judicial cuya finalidad es la conformación del registro de elegibles para la abastecimiento de las vacantes en los cargos de Jueces y Magistrados/as.

¿Quiénes pueden inscribirse en el curso de formación 2023-2024?

Los participantes que superaron las pruebas de aptitudes y conocimientos y certifiquen el cumplimiento de los requisitos mínimos, y no hayan sido eliminados de las Fases I y II de la Etapa de Selección convocado anteriormente para adelantar el proceso de selección y de acuerdo con el normativo vigente.

¿Cómo puedo inscribirme y participar en el concurso 2023-2024?

Conv 27
Convocatoria 27 Rama Judicial
      • Los interesados deben ingresar a las páginas www.ramajudicial.gov.co  y www.escuelajudicial.ramajudicial.gov.co revisar la información y quienes hayan superado las Fases I y II del Concurso de Méritos, deberán inscribirse y completar la información solicitada.
      • Los participantes tendrán la responsabilidad de cumplir con el procedimiento de inscripción en los plazos previstos en la convocatoria, de no realizarse se procese al retiro del concursante.

Documentación solicitada.

Los participantes para completar el procedimiento de inscripción deben anexar la siguiente documentación:

      1. – Presentar foto a color tipo carnet, fondo blanco tamaño infantil en formato JPG y certificación vigente de afiliación a la EPS, en formato PDF.
      2. – Los participantes que presenten discapacidad, embarazo, objeción de conciencia, deben presentar una manifestación donde explique una circunstancia especial que deba ser tenida en cuenta por la Escuela Judicial, con sus respectivos soportes digitalizados en formato PDF.
      3. – Las personas que presenten incapacidades o limitaciones físicas, estas deben ser acreditadas y validadas por la EPS a la que se encuentre afiliado el aprendiz.
      4. – Finalizado el proceso de inscripción, el aplicativo automáticamente enviará al correo electrónico registrado por el aspirante, la confirmación de su inscripción en el sistema, quien debe aceptar de las políticas de privacidad y tratamiento de datos personales.

¿Cuáles son los requisitos solicitados para inscribirse en el Curso de Formación?

      1. – Los participantes deben completar completamente el formulario de inscripción a través de la página web, en las fechas y en la forma indicada en la convocatoria.
      2. – Anexar la información y la documentación señalada para el perfeccionamiento de la inscripción al curso de formación judicial inicial.
      3. – El aspirante debe aceptar libre y voluntariamente las reglas contenidas en la presente convocatoria y autorizar a la Escuela Judicial para el uso de los datos personales en los términos establecidos por la ley..
      4. – Presentar el escrito señalando las circunstancias especiales, en caso de existir y declarar que se encuentra en condiciones de aptitud física y mental idóneas que no le impidan el desempeño normal del dentro del programa de capacitación.
      5. – Carta bajo protesta de decir la verdad que señale bajo juramento que no encuentra  restringida su libertad individual y de locomoción, por medida de aseguramiento ordenada por autoridad judicial competente.

¿Cómo es la admisión al curso de formación?

      1. – Las inscripciones y el cumplimiento de los requisitos señalados y los anexos requeridos es revisado por la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” verificado el cumplimiento de los requerimientos legales y reglamentarios para lo cual procederá a expedir el respectivo carnet a cada uno de los discentes.
      2. – El aprendiz se informará por el correo electrónico registrado que ha sido admitido y se le enviará el nombre de usuario y la clave para el ingreso al Aula Virtual del Curso de Formación para habilitar su acceso a la plataforma, es responsabilidad del participante  disponer de un computador con cámara web compatible con el aula virtual.
      3. – El participante debe tener activo un correo electrónico personal donde realice consulta frecuente, así como un número de celular para mantenerse informado de la ejecución del programa de capacitación: Curso de Formación Judicial Inicial.
Características de Curso de formación
      • El programa de capacitación tendrá una duración de acuerdo al cronograma que se publicará en las páginas www.ramajudicial.gov.co  y www.escuelajudicial.ramajudicial.gov.co.
      • El sistema de gestión de aprendizaje en línea es designado por la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” y las sesiones virtuales se realizarán en herramientas de la web 2.0. El programa iniciará en la fecha que establezca el cronograma para el desarrollo del curso de formación Judicial Inicial, en las que se habilitan las inscripciones.

¿Qué deben cubrir los participantes?

CON 27
Convocatoria 27 Rama Judicial 2022

Los participantes en el curso deben cubrir con recursos propios todos los costos en que deban incurrir por concepto de desplazamiento, hospedaje, alimentación, dispositivos electrónicos como computador y celular, conectividad a internet y materiales académicos como impresiones.

Para lo cual deberán estar vinculados con el sistema de seguridad social en salud. El Consejo Superior de la Judicatura no asumirá ninguno de los anteriores costos, así como tampoco los que se ocasionen por servicio y atención médica y los derivados de los desplazamientos durante las actividades académicas presenciales.

¿Cuáles son las causas por las cuales pueden ser expulsados del programa de capacitación?

      1. – Las personas que violen el contenido las normas establecidas en la convocatoria y aquellos expedidos por el Consejo Superior de la Judicatura, así como las decisiones de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”.
      2. – los que incumplan las normas al sustraer o difundir documentos que sean soporte de evaluaciones de los componentes del curso de formación judicial inicial y suplantar a un aprendiz o permitir ser reemplazado en la presentación de una actividad académica presencial o virtual.
      3. – Realizar una evaluación faltando a las normas establecidas, es decir presentar cualquier actividad académica o evaluación en forma colectiva cuando la misma corresponda a una actividad individual.
      4. – Acarrea expulsión cuando exista quebrantamiento de los deberes y obligaciones previstos en el presente acuerdo.
      5. – Utilizar información o solicitar por sí o por interpuesta persona información a los empleados y/o contratistas de la Escuela Judicial, sobre el desarrollo del curso de formación judicial inicial, por fuera de los canales institucionales previstos para ello.
      6. – Acarrea expulsión cuando se realiza el plagio y/o suplantación en cualquier actividad académica o en sus entregables, ingresar sustancias estupefacientes licor y sustancias psicotrópicas, armas corto punzantes, de fuego o sustancias peligrosas a las sesiones presenciales o se realizar fraude de cualquier naturaleza o violar los derechos de autor.
      7. – El participante que ingrese y no realice ninguna actividad en una unidad temática en cualquiera de las sub fases del curso de formación judicial inicial.
      8. – La ejecución de cualquiera de los escenarios previstos en las declaraciones juramentadas al momento de realizar la inscripción al curso de formación judicial inicial o en la ejecución del curso de formación judicial.

Importante.

Es responsabilidad de la Escuela Judicial, decidir mediante acto administrativo sobre la exclusión o permanencia del aprendiz en el curso de formación judicial inicial, contra el cual procede el recurso de reposición. Si los hechos tienen alcance de carácter penal o disciplinario, se enviará copia de la actuación a las autoridades competentes.

4 Comments

    1. ¡Todos merecemos una oportunidad! No deberían limitar la participación a abogados. La diversidad de perspectivas enriquecería el debate. ¡Abran las puertas a todos!

    1. ¡Sí, está generando mucho debate! Personalmente, creo que es importante analizar a fondo cada aspecto antes de emitir opiniones. La transparencia y la imparcialidad son fundamentales en este tipo de procesos. ¿Tú qué piensas?

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