En virtud de que otorga a los jubilados 6,000 pesos bimestrales, la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores es, sin duda, el programa social federal más importante que se encuentra en operación.
Tomando en cuenta lo anterior, a continuación te daremos a conocer cuáles son las acciones precisas que los adultos mayores de 65 años que son beneficiarios de la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores deben evitar realizar si desean seguir recibiendo los 6,000 pesos bimestrales que están disponibles en su tarjeta del Banco del Bienestar.
De acuerdo con el reglamento del programa Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores, los participantes dejarán de recibir la ayuda social en las siguientes circunstancias:
- Si el beneficiario no se presenta cada seis meses para aportar pruebas de supervivencia.
- Si resulta que las afirmaciones de la persona o del documento no son ciertas.
- La renuncia del beneficiario se considera voluntaria.
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Próximos pagos de la Pensión
Por otra parte, documentos oficiales de la Secretaría de Bienestar y del Banco de Bienestar declaran que los diversos programas sociales no reanudarán sus procesos y procedimientos hasta después de las elecciones, previstas para el domingo 2 de junio.
Para ser más específicos, a partir de julio de 2024, los pagos volverán a ser enviados al régimen de Pensión para el Bienestar de los Ancianos. Por lo general, los pagos de este programa social federal se realizan durante el primer mes del bimestre que le corresponde.
Además, aún faltan por depositar 18,000 pesos en 2024 para los beneficiarios de la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores. Esta pensión otorga un pago de 6,000 pesos bimestrales a quienes tienen 65 años o más.
Requisitos
- Por último, los siguientes son los requisitos y condiciones que se deben cumplir para tener derecho a la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores de este año:
- Haber cumplido 65 años o más durante los dos meses anteriores a la incorporación.
- Ser ciudadano o residente permanente de la República Mexicana, nacido o naturalizado mexicano.
- Acta de nacimiento.
- Comprobante de identidad requerido por la ley, como pasaporte, credencial de elector, credencial del INAPAM u otro documento oficial.
- CURP
- Documentación que acredite su residencia por parte de las autoridades locales o un domicilio reciente (6 meses).
- Formato de Bienestar Especial llenado al pie de la letra.
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