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Alerta Afore IMSS e ISSSTE: ¿Te pueden embargar tus ahorros? La Corte dice SÍ

Durante años, existió la creencia de que el dinero guardado en la Afore era “intocable” hasta el momento del retiro. Sin embargo, las reglas han cambiado y es vital que lo sepas. En un fallo histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que los derechos de los niños están por encima del ahorro financiero.

La respuesta corta es: SÍ, te pueden embargar la Afore, pero no entres en pánico todavía. Esto no aplica para deudas con el banco o Coppel. Esta medida es exclusiva para cumplir con obligaciones de pensión alimenticia. Si eres deudor alimentario moroso, el brazo de la ley ahora alcanza hasta tu fondo de retiro. Aquí te explicamos los candados y límites para que entiendas tu situación legal.

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Los 2 Requisitos para el Embargo

El juez no puede ordenar quitarte el dinero solo porque sí. Para que proceda el embargo contra tu cuenta de IMSS o ISSSTE, deben cumplirse condiciones muy específicas:

  1. Desempleo: El deudor debe estar sin trabajo formal (si tuviera salario, se le descontaría de ahí primero).
  2. Sin otros bienes: No tener propiedades, autos o cuentas bancarias que cubran la deuda. La Afore es el último recurso.

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El Límite de Protección: ¿Cuánto me pueden quitar?

La Corte buscó un equilibrio para no dejarte en la ruina total. No pueden vaciarte la cuenta. El embargo tiene un tope máximo, aplicándose la cantidad que resulte menor entre:

  • El 10% del saldo total de tu subcuenta de retiro.
  • El equivalente a 75 días de tu salario básico (promedio de los últimos 5 años).

Ejemplo: Si tienes $200,000 ahorrados, lo máximo que podrían retener son $20,000. Tu fondo principal sigue protegido.

¿Afecta a quienes ya están pensionados?

Sí. Si ya cobras tu mensualidad, esta también es susceptible de embargo por pensión alimenticia bajo las mismas reglas. La obligación con los hijos no caduca al jubilarte.

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