
Existen diversas épocas de la vida que son susceptibles de recibir ayuda del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en forma de pensiones.
Estas prestaciones en efectivo son esenciales para los trabajadores en caso de que sufran una lesión, se enfermen o se jubilen debido a circunstancias relacionadas con su empleo.
Antes de tener derecho a recibir una pensión, es necesario cumplir con los requisitos y normas que se asocian a cada tipo de pensión. Dependiendo del régimen de afiliación del trabajador, estos están sujetos a cambios.
Es de suma importancia que los trabajadores que estén sujetos ya sea a la Ley 73 o a la Ley 97 se tomen el tiempo necesario para familiarizarse con los programas del IMSS que les permitan aprovechar estos beneficios. Es muy recomendable familiarizarse con las diferencias entre ambos planes.
¿La Pensión IMSS pagará menos dinero a los jubilados a partir de junio?
Diversos tipos de pensiones que ofrece el IMSS:
Pensión por Vejez y por Cesantía en Edad Avanzada
Las prestaciones de la pensión de vejez comienzan a la edad de sesenta años y se prolongan hasta los sesenta y cuatro años, y vuelven a comenzar a los sesenta y cinco años. Para seguir percibiendo las prestaciones, las personas que hayan cotizado de conformidad con la Ley de Seguridad Social de 1973 deben haber trabajado un mínimo de 500 semanas. Las cotizaciones realizadas de acuerdo con el programa que se puso en marcha en 1997 se incrementarán a razón de 25 semanas por año, hasta un máximo de 1.000 semanas, con un requisito mínimo de 825 semanas para el año 2024.
Pensión por Invalidez
Un asegurado tiene derecho a percibir esta prestación en caso de que sus ingresos disminuyan en más de un cincuenta por ciento como consecuencia de una enfermedad o accidente que no esté relacionado con su lugar de trabajo. En la mayoría de los casos, se requiere haber trabajado al menos un determinado periodo de tiempo y estar dentro del periodo de conservación de derechos para cumplir los requisitos. Los detalles varían en función del régimen de cotización del trabajador, pero en general se le exige que lo haya hecho.
Pensión por Incapacidad Permanente
Correspondiente a los trabajadores cuya capacidad para desempeñar su puesto de trabajo se vea mermada como consecuencia de lesiones o enfermedades que hayan adquirido durante la prestación laboral. Tanto el establecimiento de derechos como la prestación de servicios médicos institucionales para regular el impedimento son requisitos sumamente importantes.
¿La Pensión Bienestar ya tiene fecha de pago luego de las elecciones?
Pensión por Orfandad
Pueden percibir prestaciones las personas a cargo de los asegurados o de los jubilados fallecidos. Los beneficiarios pueden ser estudiantes hasta los 25 años, o cualquier persona con una discapacidad reconocida por el IMSS puede obtenerlas a cualquier edad. Es necesario que el asegurado haya cotizado un número suficiente de semanas y que se acredite la relación filial.
Pensión por Viudez
El cónyuge o concubino de un pensionado o cubierto que haya fallecido tiene derecho a recibir esta prestación del gobierno. Se deben presentar pruebas que demuestren la existencia de una dependencia económica, así como de un vínculo matrimonial o de pareja de hecho. Además, es necesario presentar un informe médico en caso de que el fallecimiento haya sido provocado por un peligro laboral.
Pensión de Ascendientes
En caso de que el asegurado o pensionista fallezca sin cónyuge, hijo o conviviente con derecho a prestaciones de jubilación, los padres del asegurado o pensionista pueden reclamar sus prestaciones. Tanto la dependencia económica como la piedad filial deben estar documentadas para que se consideren válidas.
Estas pensiones proporcionan a los trabajadores y a sus familias una base de seguridad económica, especialmente importante en tiempos difíciles.
En México, es función del Sistema Institucional de Administración (IMSS) asegurarse de que los beneficiarios reciban las prestaciones a las que tienen derecho de acuerdo con los principios de legalidad y transparencia que rigen a la institución.
¿La Pensión IMSS e ISSSTE ya tiene fecha de depósito de junio?