
El Gobierno Federal de México anunció el lanzamiento de un nuevo programa de Bienestar a través de la Secretaría de Salud, destinado a atender a uno de los segmentos de la población con mayor riesgo: las familias de niños con cáncer que carecen de seguridad social. Estas familias serán beneficiarias de una pensión bimensual de 6 mil 400 pesos.
Esta iniciativa apoyará a 3 mil madres, padres y tutores de niños con este padecimiento que reciben atención en IMSS Bienestar o en los Institutos Nacionales de Salud. Además, se implementarán diversas iniciativas para garantizar una atención integral, incluyendo la dotación de medicamentos para el cáncer infantil.
El Programa de Apoyo a Familias de Niños con Cáncer que carecen de seguridad social se brindará directamente a través de la Tarjeta del Banco del Bienestar.
Pasos para inscribirse al nuevo Programa de Bienestar y obtener los 6 mil 400 pesos
El registro está previsto para marzo en los hospitales públicos a nivel nacional, donde los menores reciben actualmente su tratamiento. Las autoridades de los hospitales del IMSS Bienestar y de los Institutos Nacionales de Salud establecerán un registro hospitalario integral de los niños atendidos, en el que se detallen sus padecimientos, evolución del tratamiento y medicamentos administrados.
A partir de abril se iniciará la distribución de tarjetas, lo que permitirá desembolsar el apoyo en el mismo mes, al tiempo que se inicia el proceso de actualización mensual de datos.
“El apoyo se entregará directamente a través de una Tarjeta del Banco del Bienestar, siempre y cuando el niño reciba tratamiento en una institución pública”, explicó Eduardo Clark, subsecretario de Integración y Coordinación Sectorial de Servicios de Atención Médica.
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Requisitos para obtener la nueva Pensión Bienestar
El apoyo bimensual de 6 mil 400 pesos que otorga la Secretaría de Salud está diseñado para familias de niños con cáncer que carecen de seguridad social y cuyos menores reciben atención a través del IMSS-Bienestar. Los requisitos adicionales incluyen:
- El menor debe estar diagnosticado con cáncer y recibir tratamiento en hospitales públicos.
- No contar con seguridad social (IMSS u ISSSTE).
- Presentar la documentación de acta de nacimiento del menor, CURP del menor y del tutor, identificación oficial del tutor, comprobante de domicilio reciente, documento que acredite la atención del menor en el hospital público.
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