
Una vez que una persona cumple 65 años, puede solicitar y recibir cada dos meses una ayuda del programa Pensión del Bienestar para Mayores. Sin embargo, hay ciertas condiciones que deben cumplirse para poder solicitar y seguir recibiendo esta ayuda.
En el caso de que primero le denieguen la Pensión del Bienestar o le retiren la condición de beneficiario, en este artículo se describe cómo puede encontrarse sin la Pensión del Bienestar.
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A continuación se enumeran algunos de los motivos por los que una persona puede ser mantenida, suspendida o dada de baja en el registro, de acuerdo con la normativa que regula el programa Pensión del Bienestar:
- Cuando se determine que existen múltiples o excesivas reclamaciones.
- Cuando hayan transcurrido dos intervalos de dos meses sin que los beneficiarios o sus auxiliares se presenten a cobrar.
- Cuando existan discrepancias o errores en la información proporcionada durante el registro.
- Tan pronto como el personal de la Delegación de Programas de Desarrollo descubra indicios de duplicidad en los datos personales del beneficiario, realizará una revisión.
- Si se detecta que la documentación de la forma de pago del beneficiario ha sido alterada o falsificada.
- Después de que la información en el lugar haya sido verificada por los servidores o prestadores de servicios de la Secretaría del Bienestar.
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Razones por las que puedes ser suspendido
- El beneficiario o su auxiliar no se han presentado a dos bimestres consecutivos para aclarar el motivo de la retención de su pensión.
- En caso de no comparecer para aclarar posibles situaciones de engaño.
- Se borrará un expediente y se suspenderán los pagos equiparables a las bimensualidades en caso de cobro simultáneo de pensiones.
- Se notifique el fallecimiento del beneficiario.
- Resulta que la persona facilitó información y/o documentación inexacta.
- Incumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria.
- Traslado a un país extranjero, ya sea por un periodo prolongado o de forma permanente.
- Para solicitar la baja voluntaria se debe presentar una solicitud por escrito ante la Secretaría del Bienestar. Esta solicitud debe incluir los siguientes datos: fecha, nombre completo, número de folio del beneficiario, domicilio, nombre del municipio o localidad de residencia, motivo de la cancelación y firma o huella digital.
- Ahora que sabemos que hay duplicidad, podemos revocar el registro más antiguo.
- El beneficiario no explica su circunstancia a la luz del reglamento operativo.
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