
Becas 70 y más 2023-2024
Es momento de conocer los beneficios otorgados para aquellas personas que cuentan con una edad a partir de los 70 años, quienes pueden considerarse como una población objetivo vulnerable y quienes merecen recibir una retribución por los años de trabajo y dedicación a la sociedad mexicana.
Por esta razón, hemos realizado un compendio de las becas o apoyos disponibles para este grupo de personas, así como también los requisitos necesarios para poder obtener alguno de ellos, así que, quédate con nosotros para que puedas conocer acerca de estas becas y poder realizar la tramitación de solicitud de alguna de ellas.
Asegurando una vida de calidad a los adultos mayores
Gracias a las bonificaciones que se otorgan a las personas mayores de 70 años, se permite asegurar un reconocimiento del esfuerzo y empeño de estas personas, para la construcción del país; estas personas, suelen enfrentar ingresos bajos, así como también privaciones con respecto a los sistemas de protección social, incidiendo en su calidad de vida.
En este sentido, la finalidad de otorgar beneficios a estas personas, es poder brindar la oportunidad de contribuir a su bienestar, por medio del pago de una pensión no contributiva, que les ayude a mejorar su calidad de vida y permita acceder a los sistemas de protección social.
Pensión Bienestar de los Adultos Mayores (Becas AMLO)
A través de la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez (CNBBBJ) y la iniciativa del Gobierno de Andrés Manuel López Obrador, se ha generado un programa de becas que brinda la atención a los adultos mayores que sean residentes de los municipios que integren los pueblos indígenas, el cual brinda un apoyo económico de $2,550 pesos, pagados cada dos meses.
¿Cuáles son los requerimientos para acceder a esta beca?
- Se requiere presentar nuestra identificación oficial.
- Así mismo, debemos hacer la entrega de nuestra acta de nacimiento, la misma debe estar legible.
- Por otro lado, se requiere hacer la entrega de la constancia, donde se indique nuestro lugar de residencia, el mismo no debe contar con un tiempo mayor a los 6 meses desde que haya sido otorgado.
- Finalmente, registrar un número telefónico donde podamos ser contactados.
¿Cómo puedo hacer la solicitud de la Pensión para los adultos mayores?
La información presentada por parte de la Secretaría del Bienestar, indica que, para llevar a cabo el proceso de solicitud de este beneficio, los adultos, deben asistir hacia alguno de los módulos ubicados en México, el módulo que se encuentre más cercano a nuestro lugar de residencia y de esta forma, dar inicio a la solicitud del registro.
Para conocer la ubicación del módulo para hacer el proceso de registro, podemos acceder a la página web oficial del programa social, una vez allí debemos elegir la entidad y el municipio y, posteriormente, el sistema nos presentará los módulos más cercanos a nuestro domicilio.
Pasos para la tramitación
La tramitación de esta pensión se puede realizar, fácilmente, además de que se trata de un derecho que debemos hacer cumplir, a continuación, describiremos los pasos a seguir para tramitar este beneficio.
- Debemos solicitar la incorporación al programa, ya sea comunicándonos al 800 63 94 264 o asistiendo a uno de los módulos correspondientes.
- Puede ser en el módulo o durante una visita programada a nuestro domicilio, debemos hacer la entrega de los documentos solicitados, así como también, hacer el llenado del formulario Único de Bienestar.
- Seguidamente, la Secretaría del Bienestar, hará la revisión del cumplimiento de los requisitos y criterios establecidos durante la convocatoria, además de la captura de nuestra información.
- De hallarse todo de manera correcta, seremos informados de nuestra incorporación al programa, en un tiempo máximo de 2 meses, luego de haber hecho la solicitud.
Información de interés
- Como indicamos anteriormente, podemos recibir la visita por parte de un personal correspondiente a la Secretaría de Bienestar, para no caer en fraudes, debemos saber que este personal debe estar identificado, apropiadamente, como “Servidores de la Nación”
- Durante la visita, es posible que nos soliciten, tomar una foto de la persona mayor, esto se debe, solamente, para llevar el registro de los beneficiarios y de esta forma justificar la entrega de la pensión.
- Una vez que seamos aceptados como beneficiarios, el dinero de la pensión, es depositada en una cuenta de banco, perteneciente a la persona mayor, por tal razón, es la persona mayor, la que debe realizar el cobro del beneficio o en su defecto, autorizar el acceso a su cuenta bancaria a alguno de los integrantes de su familia o alguna persona de confianza, para que lleve a cabo el cobro de la pensión a su nombre.
- Este programa de becas, nace como sustituto del Programa SEDESOL, destinado a los adultos mayores, ya que, a partir del 2019, la Secretaría de Desarrollo Social, pasa a ser la Secretaría de Bienestar.
Requisitos necesarios que debe presentar la persona Auxiliar
En el caso de que el beneficiario de la pensión, posea alguna discapacidad que le impida realizar la tramitación o acceder al cobro de la pensión, deberá poner a cargo a una persona que tenga la mayoría de edad y que conviva con el adulto mayor, sea responsable de su cuidado o tutora, así como también una persona que haya sido designada por el beneficiario, sin necesidad de tener algún parentesco, para ello se solicita:
- Presentación del acta de nacimiento, así como un documento de identificación (Credencial de votación, credencial del INAPAM, pasaporte, entre otros).
- Así mismo, se solicita la Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Un documento donde se indique el lugar de domicilio, con un tiempo de expedición menor a los 6 meses.
- De ser el caso, el documento que valide el parentesco con el adulto mayor.
Observación
- En el caso de que el adulto mayor fallezca, la persona auxiliar recibirá el dinero considerado como pago de marcha, en una sola presentación.
- Si el beneficiario, no tiene registrada una persona auxiliar, el otorgamiento de este apoyo, será evaluado por parte del Comité Técnico el Programa, bajo circunstancias específicas.
- Para poder ser entregado el pago de marcha, es necesario que la persona auxiliar, no haya recibido, previamente, ningún apoyo durante la fecha de fallecimiento del beneficiario.
- Para hacer la solicitud del pago de marcha, la persona auxiliar, debe presentar su identificación, la cual debe estar vigente, el documento original del acta de fallecimiento del beneficiario, que debe ser emitida por una institución oficial.
- De no haber informado sobre la muerte del beneficiario durante el tiempo establecido, este derecho será revocado.
Consideraciones que llevarán a la suspensión de este beneficio
Son motivos de retención o suspensión del beneficio las siguientes situaciones:
- Este beneficio puede ser suspendido, en caso de que el beneficiario haga el cobro de dos apoyos de manera simultánea o de ser identificado como duplicado, en este caso, para poder recibir, nuevamente, el beneficio, debemos aclarar los motivos asociados a alguno de estos casos.
- Cabe destacar que, en el caso de ser suspendidos, tenemos todo el derecho de hacer la solicitud, de hacer una revisión de la situación, mientras que la Secretaría debe apoyar este proceso.
- Por otro lado, nuestro beneficio, puede ser retenido en el caso de que exista una inconsistencia de los datos personales que hayamos registrado o en los documentos que hemos ingresado.
- También, puede ser retenido el apoyo, en el caso de que no nos presentemos a realizar el cobro del beneficio, durante un lapso de tiempo igual a 2 bimestres seguidos.
- Otro motivo de suspensión, es en caso de aparecer en condición de defunción en el Registro Nacional de Población, para ello debe hacerse la comprobación de esta información.
- Por otro lado, es motivo de la exclusión total del programa, en el caso de haber recibido la notificación del fallecimiento, a través del registro civil, autoridad local o por la persona auxiliar.
- También, se excluye del programa, al ser detectada información o documentos falsos o en caso de que no se cumpla con los criterios de elegibilidad, establecidos en la normativa del programa.
- En el caso de que hagamos la solicitud de la baja definitiva.
Preguntas frecuentes acerca de la pensión destinada a los adultos mayores
A continuación, dedicamos parte de esta redacción a contestar las dudas más habituales referentes a las becas de 70 y más.
Las personas que sean parte del programa de 65 y más, ¿deben hacer nuevamente el registro para este apoyo?
Aquellos beneficiarios que ya se encuentren registradas, pueden continuar recibiendo este beneficio, normalmente, y no deben hacer el cambio de tarjeta.
¿En cuánto tiempo se comienza a recibir el beneficio de esta beca?
Si hemos realizado de manera reciente nuestra inscripción, debemos esperar nuestro primero pago para el próximo bimestre, al que hayamos realizado nuestra inscripción, es importante resaltar que la tramitación de este programa puede llevar varios meses.
¿Cuándo puede incrementarse el monto de la pensión destinada a los adultos mayores?
Durante el periodo correspondiente a julio-agosto del año 2021, el monto de este beneficio tuvo un incremento del 15%, se tiene previsto que, haya incrementos del 20% de este beneficio anualmente, de esta forma, para el 2024, el beneficio recibido tenga un monto establecido de $6000 pesos pagados de manera bimestral.