Pago de Marcha: Pago Único en Caso del Fallecimiento del Pensionados Bienestar
En Caso del Fallecimiento del titular de la Pensión, esto es lo que debes hacer:

Además de obtener de un pago bimestral de 4,800 pesos (6,000 pesos a partir de 2024), las personas mayores de (65 años en adelante) beneficiarias del programa de Pensión Bienestar también tienen acceso al Pago de Marcha. Este pago se otorga a los familiares en caso de que el titular del derecho fallezca.
¿Cuándo te toca tu siguiente pago de las Pensiones Bienestar?
¿En qué consiste el Pago de Marcha?
Al inscribirse en el programa de Pensión para Adultos Mayores, se solicitó a los beneficiarios que registraran a un familiar auxiliar. Este familiar tiene la responsabilidad de recibir información sobre las fechas de pago y la presentación de documentos en caso de actualizaciones. Además, este familiar será el receptor del Pago de Marcha en caso de que el beneficiario fallezca. Este apoyo consiste en un pago único de 2,400 pesos.
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Para solicitar el Pago de Marcha, sigue estos pasos:
- Notifica el fallecimiento del beneficiario lo antes posible llamando a la Línea del Bienestar al número 800 639 4264.
- Dentro de un plazo de dos meses, presenta la siguiente documentación en tu módulo del Bienestar correspondiente:
- Acta oficial de defunción del pensionado
- Identificación oficial vigente del familiar auxiliar
- El pago se realizará en el siguiente bimestre después de notificar el fallecimiento.
Si no se lleva a cabo este proceso en un plazo de dos meses después del fallecimiento, se perderá el derecho al Pago de Marcha.
Este pago también se aplica en el caso de los beneficiarios del programa de Pensión Bienestar para Personas con Discapacidad Permanente. En esta situación, el Pago de Marcha consiste en un único pago de 1,475 pesos.
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