En esta etapa de la vida, no es raro que muchas personas expresen el deseo de jubilarse o sientan envidia de quienes ya se han jubilado. Si bien las pensiones pueden percibirse como un derecho universal para todos los trabajadores al final de sus carreras, no todos tendrán la oportunidad de beneficiarse de ellas.
Es importante tener en cuenta que el IMSS y el ISSSTE son las instituciones encargadas de distribuir las pensiones en México. En el caso del IMSS, este se encarga de proporcionar las pensiones a los trabajadores del sector privado, mientras que el ISSSTE se encarga de las pensiones de los trabajadores del gobierno. Sin embargo, existen requisitos específicos que las personas deben cumplir para calificar para una pensión vitalicia.
Uno de los factores clave para que un trabajador sea elegible para una pensión es cumplir con el requisito de edad mínima, además de tener un número suficiente de semanas de cotización y un salario satisfactorio durante sus últimos años de trabajo. Naturalmente, cuanto mayor sea el número de años y semanas de cotización, mayor será su pensión.
Sin embargo, algunas personas pueden enfrentarse a un resultado decepcionante al presentar su solicitud de pensión. Pueden recibir una negativa, indicando que no son elegibles para recibir una pensión vitalicia, sino que solo podrán acceder a los fondos ahorrados en su cuenta individual de Afore. Además, las generaciones más jóvenes no tendrán pensión como resultado de los cambios realizados a la Ley de Pensiones.
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Pensionados del IMSS o ISSSTE
Tanto el IMSS como el ISSSTE ofrecen diversos tipos de pensiones. En este sentido, el IMSS categoriza las pensiones en tres grupos:
- Las pensiones para el asegurado relacionadas con la edad, comprenden cesantía en edad avanzada, vejez y retiro anticipado.
- Las pensiones para el trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo o padecer una enfermedad comprenden Incapacidad Permanente Parcial o Total e Invalidez.
- Las pensiones para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su muerte comprenden viudez, orfandad y ascendientes.
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¿Qué cambios se pueden esperar para la pensión de viudedad en octubre?
En materia de pensiones, existe mucha desinformación y datos que las rodean. Cada mes, los pensionados esperan con impaciencia las actualizaciones sobre su pensión. Esperan con impaciencia noticias sobre posibles aumentos, la fecha prevista de llegada y los posibles cambios que puedan implementarse. Por lo tanto, es crucial que los pensionados se mantengan bien informados a través de fuentes confiables.
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¿Mi pensión se verá afectada si me vuelvo a casar o convivo con alguien mientras recibo una pensión de viudez?
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que es inconstitucional limitar el beneficio de viuda o viudo a solo seis meses de la pensión que recibía, si decide volver a casarse o convivir. Esta decisión se alinea con la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
La resolución destacó la naturaleza injusta de condicionar la elegibilidad para la pensión en función del estado civil. Enfatizó que toda persona tiene derecho a formar una familia y, por lo tanto, no debe justificarse la exclusión de la pensión de viudedad. La resolución enfatizó que la pensión de viudedad no es una mera concesión, sino un derecho legítimo.
Sobre este tema, existe un documento en línea del IMSS que establece que si recibe una pensión de viudedad del Instituto Mexicano del Seguro Social y decide contraer un nuevo matrimonio civil, tendrá derecho a una liquidación equivalente a tres veces el monto anual de la pensión. Esto aplica para viudas, viudos, concubinos o parejas que sean pensionados bajo la Ley del Seguro Social de 1997. Bajo la Ley del Seguro Social de 1973, la liquidación se proporciona a la viuda o pareja.
Las pensiones del IMSS y del ISSSTE se distribuyen con base en un calendario predeterminado. Cada mes, los pensionados reciben sus pagos en una fecha específica. Los pensionados del IMSS suelen recibir sus pensiones el primer día del mes, a menos que coincida con un día de descanso obligatorio o un fin de semana.
En tanto, los empleados del ISSSTE pueden estar tranquilos de que seguirán recibiendo su pensión al final de cada mes, incluido el de octubre. Esto gracias a la reciente resolución emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que garantiza la pensión de viudedad.
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