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¿El Banco del Bienestar podría cobrarte una comisión por retirar tu pensión? Entérate

El 8 de mayo, el Ejecutivo Federal presentó una estrategia a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión con la intención de mejorar el Banco del Bienestar. La propuesta plantea el establecimiento de un sistema que recaude, administre y disperse los fondos de los programas sociales. Además, propone la imposición de una comisión porcentual por la prestación de servicios financieros. ¿

Una reforma a la Ley Orgánica del Banco del Bienestar y a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria ha sido sugerida por el Presidente Andrés Manuel López Obrador. Este proyecto modificará ambas leyes. Tras recibir respuesta de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, la sugerencia fue enviada inicialmente a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio.

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Este proyecto destaca el compromiso del Ejecutivo para lograr el fortalecimiento económico del Banco del Bienestar a través de un mecanismo que no influya en los presupuestos públicos. Este compromiso se expone en el proyecto. Adicionalmente, sugiere lo siguiente en relación con el artículo 8 de la Ley Orgánica a fin de garantizar la viabilidad a largo plazo de la distribución de los recursos apropiados:

“Que la institución podrá obtener como contraprestación por los servicios financieros prestados, el 1.5 por ciento del monto aprobado para su distribución conforme a las disposiciones aplicables para cada programa social en el ejercicio fiscal correspondiente”.

El Poder Ejecutivo está respondiendo a que “es necesario armonizar preceptos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a fin de lograr la entrega eficiente y transparente de subsidios a la población beneficiaria.” Para ello se está utilizando la infraestructura del Banco del Bienestar para recibir, administrar y distribuir los recursos de los programas sociales.

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¿Hasta qué punto el Banco del Bienestar impondrá una comisión en la transacción?

De acuerdo con el comunicado emitido por el Senado de la República el pasado 8 de mayo, el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) “deberá señalar los programas a través de los cuales se otorguen subsidios en efectivo, cuya entrega deberá realizarse mediante el uso de cuentas bancarias personales abiertas en el Banco del Bienestar” (artículo 75 de la referida norma).

“A fin de armonizar la reforma con las modificaciones a la Ley Orgánica del Banco del Bienestar, propone que el PEF establezca un porcentaje para la contraprestación por los servicios financieros prestados que recibirá la citada institución financiera, el cual será del 1.5 por ciento del monto aprobado para su distribución, de conformidad con las disposiciones aplicables a cada programa social en el ejercicio fiscal correspondiente”.

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