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Fallo SCJN Pensión IMSS: ¿Prohíben el doble cobro? La Verdad

Si en estos días leíste titulares gritando que “La Corte prohíbe tener dos pensiones del IMSS”, seguramente sentiste un hueco en el estómago. Es comprensible; para miles de familias, sumar dos ingresos es la única forma de sobrevivir dignamente.

Pero antes de que te angusties, respira profundo. Como expertos en Seguridad Social, hemos analizado la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para traducirla al español claro y decirte lo que realmente pasó: No te van a quitar todo. El fallo se refiere a casos muy específicos de incompatibilidad técnica.

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¿Qué fue lo que realmente decidió la Corte?

La SCJN determinó que un trabajador NO puede recibir simultáneamente dos pensiones que cubran el mismo riesgo o la misma fuente de ingreso perdida. Específicamente, se refiere a la incompatibilidad entre:

  1. Pensión por Invalidez y Pensión por Cesantía en Edad Avanzada (o Vejez).

¿Por qué? La lógica de la Corte es que ambas pensiones sirven para reemplazar tu salario cuando ya no puedes trabajar (una por enfermedad/accidente y otra por edad). Si ya recibes una que cubre tu manutención, no puedes cobrar la otra al mismo tiempo bajo el mismo régimen, porque estarías recibiendo un doble beneficio por la misma causa: “la imposibilidad de trabajar”.

Es decir, no puedes jubilarte dos veces por ti mismo.

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La Buena Noticia: Las pensiones que SÍ son compatibles

Aquí viene el alivio. Este fallo NO afecta a quienes combinan una pensión propia con una heredada. La ley sigue protegiendo la compatibilidad entre roles distintos:

  • Asegurado + Beneficiario: Sí puedes tener tu pensión de Jubilación (por tus años trabajados) y cobrar al mismo tiempo la pensión de Viudez (por el fallecimiento de tu pareja).
  • Asegurado + Incapacidad Permanente: Sí es compatible cobrar pensión por Vejez y una por Riesgo de Trabajo (accidente laboral), ya que cubren cosas distintas (daño físico vs. edad).

El límite de los salarios (Topes)

Ojo aquí, porque aunque sean compatibles, hay un techo financiero. La suma de las cuantías de las pensiones (si ambas son por el régimen 73) no debe exceder el 100% del salario promedio del grupo mayor, o ciertos límites en UMAs (Unidad de Medida y Actualización). Pero mientras no seas un caso de pensión millonaria, tu ingreso suele estar seguro.

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