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Estas son las nuevas fechas de registro de la Pensión Bienestar 2025

Esta semana marca el inicio de los primeros dos meses de 2025 para los beneficiarios de programas sociales de la Secretaría de Bienestar, incluida la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad y el Programa para el Bienestar de Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras.

Respecto a la Pensión para el Bienestar de la Alcaldesa Adulta, es importante señalar que la Constitución mexicana establece 65 años como edad mínima para su solicitud. Este año el monto es de 6 mil 200 pesos bimestrales, no por su parte.

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En este contexto, al compartirlo en el sitio web oficial de los Programas para Adultos Mayores, se espera que las próximas inscripciones de los beneficiarios de la Pensión para Adultos Mayores de las Personas Adultas Mayores se realicen en los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre, y diciembre de 2025.

Tenga en cuenta que, al igual que los registros anteriores, los registros de pensiones destinados al bienestar de los adultos suelen estar accesibles dentro de los módulos de bienestar. Por lo tanto, las personas interesadas en estas oportunidades pueden calificar para opciones adicionales.

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En consecuencia, hemos compartido en el portal web los siguientes mensajes previo a su discusión, detallando los requisitos y consideraciones para ser beneficiario de alguno de los programas sociales que ofrece la Secretaría de Bienestar:

  • Tener 65 años o más de edad cumplidos dentro del bimestre de incorporación.
  • Ser mexicano o mexicana por nacimiento o naturalización con domicilio actual en la República Mexicana.
  • Acta de nacimiento.
  • Documento de identificación vigente: credencial para votar o del INAPAM, pasaporte u otros documentos expedidos por la autoridad correspondiente que acrediten identidad).
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Comprobante de domicilio reciente o constancia de residencia de la autoridad local.
  • Formato Único de Bienestar debidamente llenado.

Seguimos siendo conscientes de que, en cualquier situación, el tercero no puede continuar con la acción a menos que se nombre un representante adulto. Este representante deberá presentar identificación oficial vigente, CURP, que acredite su residencia, junto con un documento que acredite la identidad de la persona física de 65 años y más.

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