¡Apoyo extra en Marzo! Pago de 3 mil pesos para adultos mayores de la Pensión Bienestar
En un esfuerzo por apoyar el dolor de las familias que han perdido a un ser querido, este mes de marzo se ha anunciado un apoyo económico extra para las familias.
Las personas mayores que han dejado este mundo, pero que en vida fueron beneficiarios de la Pensión Bienestar, dejarán a sus familias no solo con recuerdos, sino también con un último gesto de apoyo: un depósito único de 3,000 pesos.
Entendiendo el Apoyo Extra: Más Allá de los 12 Mil Pesos
Este apoyo adicional se suma a los 12 mil pesos ya depositados anteriormente a los beneficiarios por parte de la Secretaría de Bienestar, como adelanto por los bimestres de marzo-abril y mayo-junio, debido a las elecciones federales de 2024. Sin embargo, este depósito extra tiene un propósito muy específico y emotivo: ofrecer un poco de consuelo a las familias de los beneficiarios que han fallecido.
¿Quiénes Recibirán Este Apoyo Extra?
Es importante destacar que solo las cuentas de los beneficiarios de la tercera edad del Banco del Bienestar que han fallecido serán las receptoras de este depósito de 3,000 pesos. Este monto, conocido como “pago de marcha”, está destinado a los familiares del titular fallecido como último beneficio del programa de la Pensión Bienestar.
El Proceso para Solicitar el Pago de Marcha
Para aquellos que enfrentan la pérdida de un ser querido y son beneficiarios de la Pensión Bienestar, hay pasos claros a seguir para acceder a este beneficio final:
- Notificación Inmediata: Es importante informar sobre el fallecimiento del titular de la pensión lo antes posible, ya sea en los Módulos del Bienestar o a través de la Línea del Bienestar.
- Mantenerse Registrado: El familiar o adulto auxiliar debe asegurarse de seguir registrado en el programa como tal.
- Evitar Pagos Posteriores: Es fundamental que el adulto auxiliar no reciba ningún pago en el bimestre del fallecimiento del beneficiario o después de esa fecha.
- Documentación Necesaria: Deberán presentarse con una identificación oficial y el documento original del acta de defunción o una constancia médica oficial que valide el fallecimiento, dentro de los dos bimestres siguientes al suceso.