Existe la posibilidad de que los derechohabientes que cumplan con ciertos requisitos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social sean acreedores a un incremento en el monto de su pago posterior de Pensión IMSS. Cuando se realiza de manera presencial, se considera que este trámite no es complicado.
¿Quiénes pueden recibir el aumento?
De acuerdo con la información que fue proporcionada por el Instituto, el derechohabiente recibirá un 15% de ayuda si no tiene cónyuges, concubinos, hijos o ascendientes que dependan económicamente de él.
La Ley de Desempleo en Edad Avanzada o Vejez del IMSS estableció en 1973 un sistema de asignaciones familiares. Los jubilados tienen derecho a percibir estas prestaciones cuando alcanzan la edad de jubilación.
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¿Cómo funciona el aumento de la pensión?
- 15% por esposa o concubina del pensionado.
- 10% por cada uno de los hijos menores de 16 años.
- 10% por cada uno de los hijos de 16 a 25 años que se encuentran estudiando.
- 10% por cada uno de los hijos del pensionado con motivo de no poderse mantener por sí mismos.
- 10% en caso de que no tuviera esposa, se conocerá una asignación por cada uno de los padres del pensionado.
Las prestaciones familiares se extinguirán en caso de que alguno de los hijos cumpla dieciséis años, o veinticinco si está escolarizado, o en caso de fallecimiento de alguno de los adultos indicados anteriormente.
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¿Qué documentos debes presentarr?
Para que el jubilado pueda beneficiarse de esta prestación, es responsabilidad del pensionista presentar los documentos pertinentes en la Unidad de Medicina Familiar del Vecindario. Recibirá notificación directa del Instituto sobre el aumento de pensión del IMSS en caso de que el resultado sea favorable.
En caso de que los derechohabientes tengan alguna duda o asunto relacionado con su pensión, pueden comunicarse al IMSS marcando al 800 623 2323 y seleccionando en el menú la opción 3, denominada “Pensionados”.
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