
Al recibir un pago mensual de hasta 50.000 pesos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), los jubilados pueden disfrutar de una vida cómoda en sus últimos años. Este estipendio garantiza que los jubilados cuenten con fondos suficientes para cubrir gastos esenciales como alimentos, medicinas y vivienda.
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¿Cómo hacer para acumular una pensión de 50,000 pesos al llegar a la edad de retiro?
De acuerdo con el Instituto, las únicas personas que tienen derecho a recibir el pago mensual de hasta 50,000 pesos son aquellas que se hayan dado de alta en el Seguro Social y cumplan con los requisitos de la modalidad 40. Existe una disposición en la Ley del Seguro Social conocida como Ley 73 que permite a las personas realizar pagos voluntarios que se suman al monto final de su jubilación. Sin embargo, esta disposición solo es aplicable a las personas que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
De acuerdo con el IMSS, para jubilarse con un pago mensual de 50,000 pesos, una persona debe haber cotizado un mínimo del diez por ciento de sus ingresos más recientes, hasta un máximo de veinticinco Unidades de Medida y Actualización (UMAs).
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¿Cómo puedes inscribirte en la Modalidad 40 del IMSS?
Aun cuando una persona sea rescindida de su empleo por su empresa, puede seguir cotizando para su pensión a través de la Modalidad 40. Las personas tienen la opción de realizar el trámite en línea o de manera presencial acudiendo a cualquiera de las 135 subdelegaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Sin embargo, hay algunos elementos que necesitarás para completar la operación, que se puede hacer en línea de forma gratuita, y aquí te guiaremos a través de las fases del método: Es necesario contar con una cuenta de correo electrónico personal, un número de seguridad social (NSS) y una Clave Única de Registro de Población para poder participar.
- Primero hay que generar el impreso de solicitud de la modalidad 40.
- Después, tendrás que armarte de paciencia mientras revisan tu documentación para ver si la Modalidad 40 es una opción y si cumples con los requisitos señalados en el artículo 218 de la Ley del Seguro Social.
- Accede a la página principal pulsando AQUÍ para iniciar el trámite.
- Además de cumplimentar el formulario solicitado por el sistema, deberás completar meticulosamente todas las etapas.
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