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Adultos Mayores Pueden Inscribir a un Auxiliar en la Pensión Bienestar ¡Que no te lo nieguen!

En las últimas semanas, han aumentado las quejas de adultos mayores sobre la negativa de las autoridades del bienestar para inscribir a una persona adulta auxiliar que les ayude con los trámites de su pensión. Sin embargo, esto es un derecho garantizado tanto para las personas adultas mayores como para las personas con discapacidad.

De acuerdo con las reglas de aplicación de las pensiones, los beneficiarios tienen derecho a asignar a un adulto auxiliar. Las autoridades del bienestar están obligadas a registrar a la persona adulta auxiliar que el derechohabiente asigne siempre que se presenten los documentos requeridos.

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Documentos necesarios para el registro de un Adulto Auxiliar

Para inscribir a un adulto auxiliar es necesario presentar los siguientes documentos:

  • Acta de nacimiento legible
  • Identificación oficial vigente
  • CURP de impresión reciente
  • Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 6 meses
  • Teléfono de contacto

Todos los documentos deben ser presentados en original y copia y la persona asignada como auxiliar debe acompañar al adulto mayor al momento del registro.

¿Qué pasa si me falta algún documento para realizar mi registro a la Pensión Bienestar?

Este proceso es importante, ya que solo las personas adultas auxiliares podrán reclamar el pago de marcha en caso de fallecimiento del derechohabiente. En caso de que las autoridades del bienestar se nieguen a realizar el registro se recomienda tomar los datos de la persona que negó el servicio para presentar una queja formal.

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