Solicita tu PAGO DE MARCHA de las Pensiones del Bienestar siguiendo estos pasos

¿Cómo se solicita tu Pago de Marcha de las Pensiones del Bienestar?
De acuerdo con las Reglas de Operación del programa de Pensiones para el Bienestar, todas las personas auxiliares de los adultos mayores beneficiarios, tienen derecho a recibir un pago de este programa llamado “Pago de Marcha”. Si eres un auxiliar relacionado con un beneficiario de este programa, es necesario que conozcas todo lo que debes realizar en caso del fallecimiento del beneficiario de las Pensiones del Bienestar, y los pasos que deberás seguir para recibir tu pago de marcha.
El pago de marcha del programa de Pensiones para el Bienestar es un pago único, entregado a los adultos auxiliares establecidos por el Pensionado durante su estancia en este programa de apoyo el cual, hace entrega de la cantidad correspondiente a la mitad de un pago bimestral del apoyo monetario, es decir, $3 mil pesos de apoyo para el adulto auxiliar de la Pensión Bienestar.
Pagos de $11 mil 200 pesos para estos becarios del Bienestar. ¿Quiénes cobrarán este apoyo?
¿Cómo solicitar tu pago de marcha de las Pensiones Bienestar?
El trámite para solicitar tu pago de marcha es muy sencillo, únicamente deberás seguir los pasos que te compartiré a continuación:
- En caso del fallecimiento del beneficiario inscrito en las Pensiones del Bienestar, la persona auxiliar a cargo del beneficiario deberá notificar la situación al personal del programa a través de la línea del bienestar, marcando al número 800 6394 264
- Realizar la notificación del fallecimiento del familiar y presentar la solicitud del pago de marcha dentro de un lapso de dos meses posteriores al fallecimiento del beneficiario.
- Presentarte en la fecha, hora y lugar indicados por el personal a cargo de tu trámite, con la siguiente documentación en original y copia:
- Identificación oficial del adulto auxiliar que solicita el apoyo
- Acta de defunción
- Identificación oficial de la persona fallecida
- CURP del auxiliar y de la persona fallecida
- Constancia médica emitida por alguna institución de salud pública
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¿Puedes cobrar la Pensión del Bienestar de una persona fallecida?
El adulto auxiliar NO podrá continuar cobrando las Pensiones del Bienestar de un adulto mayor ya fallecido. Es de suma importancia que el adulto auxiliar notifique lo antes posible el fallecimiento del beneficiario, pues, en caso de continuar cobrando las Pensiones del Bienestar del adulto mayor, se estaría incurriendo en un delito por fraude, y podrías recibir una sanción legal, y perder tu derecho a recibir el pago de marcha de este programa.