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Adulto Mayor Por Estas Rezones Te Pueden Suspender tu Pensión Bienestar

Atención adultos mayores sabían que según las reglas de operación del programa de la pensión del bienestar de las personas mayores existen siete razones por las cuales te pueden suspender y que si se reitera la suspensión hasta te pueden dar de baja del programa. Pues aquí en Convocatorias México te explicaremos cuáles son y en qué consiste cada una de estas causar de suspensión en el año 2024.

La suspensión de la pensión pasa después de que se te ha retenido la pensión por dos bimestres consecutivos de pago previamente por alguna de las siguientes siete razones:

  1. Suspensión por inconsistencias en los datos personales: Si al revisar la documentación del adulto mayor como el acta de nacimiento, identificación oficial, CURP, o comprobante de domicilio se encuentra que algún documento es falso o que pertenece a otra persona o los datos entre ellos no coincide, y esto sucede en dos períodos de pago consecutivo se puede suspender la pensión.
  2. Suspensión por no cobrar en dos períodos consecutivos: Si un pensionado no va a cobrar su pensión en dos bimestres seguido se puede suspender la pensión excepto en aquellos casos en que los pagos se hayan realizado de manera adelantada.
  3. Suspensión por duplicidad de datos personales: Si se detecta que hay dos registros con los mismos datos personales en el sistema de pensiones durante dos bimestres consecutivos también se puede suspender la pensión.
  4. Suspensión por alteración o falsificación del documento de cobro: Si se encuentra que el documento usado para el cobro de la pensión ha sido alterado o falsificado en dos períodos de pago consecutivos se puede suspender la pensión. Pero si el pensionado demuestra que no fue su culpa se pueden reexpedir los pagos siempre y cuando haya presupuesto disponible.
  5. Suspensión por no localización del beneficiario: Si después de dos visitas consecutivas al domicilio del adulto mayor no se logra localizar al beneficiario o a su auxiliar adulto en diferentes días y horarios se puede suspender la pensión.
  6. Suspensión por no recoger el medio de cobro: Si el beneficiario o su Auxiliar adulto no recogen el medio de cobro de la pensión en dos bimestres seguidos se puede suspender la pensión.
  7. Suspensión por incumplimiento de las reglas de operación: Si se detecta algún incumplimiento en las reglas establecidas para la operación de las pensiones en dos bimestres consecutivo también se puede suspender la pensión.

Por estas razones la Pensión bienestar puede ser suspendida, por eso es importante que los adultos mayores estén atentos a la información y eviten hacer cualquiera de los puntos ya mencionados y si ya están pasando por la suspensión es importante que se comuniquen con la secretaría del bienestar para saber cuál puede ser la solución.

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