
El programa de pensiones Modalidad 40 que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social es una excelente opción para el retiro. Si la empresa de un trabajador ha dejado de cotizar al IMSS, la Modalidad 40 le da al trabajador la opción de pagar él mismo la parte patronal de la pensión para asegurar su pensión.
Los trabajadores opcionales pueden alcanzar el número de semanas necesarias para tener derecho a pensión si continúan en el Régimen Necesario del IMSS. Esta técnica también permite pagos mayores, lo que permite a los usuarios ahorrar más dinero y recibir pensiones más altas.
Debes presentar la declaración anual en el SAT, Pensión IMSS
Todos los trabajadores tienen el mismo objetivo: ahorrar una pensión considerable y jubilarse con tranquilidad. Para poder utilizar la Modalidad 40, es necesario que los trabajadores conozcan los requisitos de inscripción al IMSS. A continuación se enlistan los requisitos de inscripción.
Requisitos para darse de alta en Modalidad 40:
- No haber superado el periodo de 5 desde la última cotización en el régimen obligatorio, es decir, con patrón.
- Haber cotizado 52 semanas en su última relación laboral en el régimen obligatorio.
- No estar pensionado en el ramo de invalidez, cesantía o vejez.
- Presentar un escrito con libre redacción para la inscripción a la modalidad 40.
- Presentar un documento oficial con número de seguridad social.
- Llevar un comprobante de domicilio original.
- Identificación oficial original.
- CURP
Algunos beneficios importantes de la Modalidad 40 del IMSS:
- Mantener o mejorar el salario base de cotización de acuerdo al último salario percibido en el régimen obligatorio del IMSS.
- Incremento de las semanas de cotización por el periodo durante el cual el asegurado esté inscrito en la modalidad 40 del IMSS.
- Incrementar la conservación de derechos para la obtención de una pensión IMSS.
La modalidad 40 del IMSS también cubre los siguientes seguros:
- Invalidez. Si la persona llegase a sufrir algún accidente y mediante la estimación de un médico legista del IMSS, se podrá tener acceso a una pensión de invalidez parcial o permanente.
- Vejez. Al cumplir los 65 años de edad y cotizar dentro de la modalidad 40, el beneficiario tendrá la opción de recibir una pensión al 100% de acuerdo a la edad y demás criterios aplicables.
- Cesantía en edad avanzada. Cuando el cotizante tenga una edad de entre 60 a 64 años, podrá realizar la baja de la modalidad 40 y ser beneficiario de una pensión desde el 75% al 95% de acuerdo a su edad y demás criterios aplicables.
- Muerte. En caso de fallecimiento del asegurado y si este deja beneficiarios legales como esposa o concubina, hijos menores de 18 años o padres que dependiesen económicamente de él, estos podrán acceder a una pensión de acuerdo al parentesco.
La Modalidad 40 da la opción a los asegurados de elegir una remuneración equiparable o superior a la que reportaron en el momento en que dejaron el régimen necesario.
El personal de la Ley 97 puede afiliarse, pero hacerlo no supondrá un aumento de su pensión. Sin embargo, los trabajadores cubiertos por la Antigua Ley del IMSS de 1973 son los más beneficiados con esta alternativa.
Es posible que no seas elegible para la Modalidad 40, ya que tu perfil no reúne las condiciones necesarias para invertir y recuperar dinero como jubilado.
Debido a que el precio de la Modalidad 40 subió en 2023 y seguirá subiendo en el futuro, es necesario que analices cuidadosamente tu capacidad de inversión, así como la cantidad de dinero que obtendrías de tu pensión para recuperar tu inversión.
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